| La Ley de anotaciones electrónicas 26 de Noviembre de 2002 |
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| La desmaterialización de valores se concretiza en El Salvador por medio del decreto legislativo 742 Ley de anotaciones electrónicas de valores en cuenta, aprobado el 21 de febrero del presente año. En lo fundamental, la ley pretende sentar una base de derechos y obligaciones de valores desmaterializados o anotados. Asimismo, establece que la representación por medio de anotaciones electrónicas en cuenta es obligatoria para los valores negociables en bolsa. Asimismo, establece que ninguna entidad podrá prestar servicios de depósito y administración de valores representados por medio de anotaciones en cuenta si no está autorizada como Depositaría, con excepción del Banco Central. En el plazo de un año a partir de la vigencia del decreto 742, la depositaria transformará en anotaciones en cuenta los titulos valores agrupados en emisiones que estén en circulación. Esta disposición no será aplicable a los títulos emitidos por el Estado, Banco Central o los que le falte un plazo igual o menor de dos años. A partir de la vigencia de esta Ley, las bolsas no podrán autorizar la inscripción de emisiones de titulos valores homogéneos agrupados en emisiones, excepto las acciones. Si desea enviarnos sus opiniones o efectuar consultas, el correo electrónico es irf@synthesisci.com
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