Exigencias de información en la nueva ley
01 de julio de 2003
 

Actualmente las empresas que desean realizar una oferta pública de valores, acciones o deuda, debe proveer a los potenciales inversores, de la información necesaria acerca de las condiciones internas de la empresa. Esta información debe estar contenida en un Prospecto que debe ser presentado ante la Superintendencia de Valores.

En el proyecto de borrador de la nueva Ley del Mercado de Valores se busca complementar esta información de tal forma que el inversionista potencial conozca los principales riesgos inherentes a los valores, permitiendo formarse una imagen fiel del emisor y un juicio fundado sobre la inversión que se le propone.

A estos efectos, el borrador de prospecto ley, regula que el prospecto contendrá una información que no omita datos relevantes ni incluya información que pueda inducir a error a los inversionistas.

Deberá estar redactado con un leguaje claro y preciso de forma que no dé lugar a la formación de un juicio erróneo.

En ese sentido y dependiendo del carácter particular del emisor y de los valores ofertados al público, la información a proporcionarse debe permitir una correcta evaluación de activos y pasivos, la situación financiera, los beneficios y pérdidas, los derechos inherentes a tales valores, y las perspectivas que de todo ello tenga el emisor.

Les recordamos que la versión de este proyecto de ley puede encontrarla en la página Web de la Superintendencia de Valores www.superval.gob.sv. La institución ha creado un buzón a los cual puede dirigir sus observaciones y comentarios de los contenidos de dicho proyecto de ley, el cual es ProyectoLeyMercado@superval.gob.sv

Si desea enviarnos sus opiniones o efectuar consultas, el correo electrónico es irf@synthesisci.com

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